Certificado de cumplimiento censal

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A través de la Comunicación B 11.765, el Banco Central de la República Argentina exige a la entidades financieras, que a partir del 15 de diciembre 2018 y por 12 meses, la exhibición del certificado de cumplimiento del Censo Nacional Agropecuario para los diferentes tramites. Sin la presentación del “Certificado de Cumplimiento Censal” –que acredita el cumplimiento de la declaración censal– no se podrán finalizar los trámites en dichas entidades.


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